Agencia de aduanas

Agencia de Aduanas Cuando la persona jurídica que pretenda obtener la autorización como agencia de aduanas tenga como socio a una o múltiples personas jurídicas, debe allegarse certificado actualizado sobre su existencia y representación legal y una copia de los estatutos societarios actuales. Tratándose de las jurisdicciones contempladas en el numeral cuatro de este artículo, las agencias de aduanas nivel 1, adicionalmente van a poder ejercer la actividad de agenciamiento mediante convenios celebrados con agencias de aduanas nivel 4. El ejercicio de la actividad de las agencias de aduanas de los niveles 1 y 2 en un sitio del territorio nacional diferente al de su domicilio principal podrá efectuarse de manera directa o por intermedio de agencias comerciales en los términos señalados en el Código de Comercio. Las agencias de aduanas, y sus pertinentes agentes de aduanas, deben disponer de una licencia para acceder Deberá ejercer su actividad en todo el territorio nacional respecto de operaciones sobre las que no exista limitación alguna para ejercer el agenciamiento aduanero. Toda mención que contenga la normatividad aduanera de los términos \"intermediación aduanera\", \"sociedad(es) de intermediación aduanera\" y \"representante(s)\" deberá sustituirse por las expresiones \"agenciamiento aduanero\", \"agencia(s) de aduanas\" y \"agente(s) de aduanas\", respectivamente. Somos una Agencia de Aduanas homologada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, líderes especializados en el ámbito de exportación de caducos (frutas, exóticos y afines) en los primordiales puertos marítimos de Colombia. Las agencias de aduanas deberán mantener debidamente actualizado el patrimonio líquido mínimo señalado en el numeral cuatro del artículo catorce del presente decreto y en el parágrafo del mismo artículo, mientras que se encuentre actual su autorización. comercio exterior aduanero de Impuestos y Aduanas Nacionales va a poder por razones de control, servicio, especialización o seguridad fiscal restringir el agenciamiento de las operaciones de comercio exterior a las agencias de aduanas de los niveles 2, tres y 4, teniendo en cuenta, entre otros aspectos, la procedencia, la clase de mercancía, el valor, el origen y el sitio de arribo. Contrastar que existan y se apliquen los controles adecuados y eficaces para el conocimiento de las personas naturales o jurídicas que contraten sus servicios de agenciamiento aduanero, de forma tal que se garantice la transparencia y la legalidad en las operaciones de comercio exterior que realicen. Haber sido asociado, representante legal o representante aduanero de una sociedad de intermediación aduanera o de una agencia de aduanas que haya sido sancionada con la cancelación de su autorización a lo largo de los 5 (cinco) años precedentes a la presentación de la petición, o siendo ayudar o dependiente de la misma, haber participado en la comisión del hecho que dio sitio a la sanción. Lo precedente, sin perjuicio de las acciones legales que puedan adelantar los mandantes o usuarios de comercio exterior que empleen sus servicios contra las agencias de aduanas. Las agencias de aduanas responderán directamente por el pago de los tributos aduaneros y sanciones pecuniarias que se causen respecto de operaciones en las que el usuario de comercio exterior sea una persona inexistente. Las peticiones de autorización de sociedades de intermediación aduanera que a la data de entrada en vigencia del presente decreto se encuentren radicadas ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, deberán ajustarse a los nuevos requisitos previstos en el presente decreto para las agencias de aduanas.

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Pub: 20 Nov 2024 14:52 UTC

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